Hola!
El viernes 6 de noviembre organizamos una charla informativa sobre Instalaciones Fotovoltaicas para Comunidades… el objetivo era dar a conocer a las vecinas las posibilidades de instalar placas fotovoltaicas en sus tejados o azoteas comunitarias ya que la nueva ley de 2019 ha puesto más fácil el acceso a estos sistemas y puede suponer un ahorro para las familias y una buena inversión para cuidar nuestro planeta… producir electricidad localmente 🙂 ¿No os parece?
Aquí os dejo los apuntes de la charla. La impartió Carlos, técnico instalador en el espacio vecinal en creación ESPACIO BELLAS VISTAS.
El Real Decreto* que regula el autoconsumo de instalaciones fotovoltaicas cambió en el año 2019 y ahora da más posibilidades para la instalación y rentabilidad en Comunidades de Vecinas.
*Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.
Hasta 15kW no es necesario pedir un permiso para su instalación a la empresa distribuidora y hasta 10kW tampoco hace falta un proyecto, solamente una memoria técnica, con lo que se abaratan los costes de estas instalaciones para sus propietarios.
Por tanto, la propuesta más viable, pasa por ser una menor de 10kW
EJEMPLO DE INSTALACIÓN:
En una cubierta de una Comunidad de Vecinas se podría plantear una instalación de 10Kw lo que supone:
- Unos 25/27 paneles, cada panel mide 2×1 m = 2 m2 y ocupa una superficie aproximada de 3 m2 (por sus condiciones óptimas de instalación). Con una inclinación de unos 30 grados y separación de 1 metro. Es decir, que para 25 paneles, tenemos que tener disponible 75 m2 de superficie libre en cubierta.
- Un punto de vertido en el cuarto de contadores con su contador propio.
El total de kW que se instalen depende de lo que se acuerde entre las vecinas y estará en función de lo que necesite/desee cada vivienda. Para una vivienda de unos 60-80 m2 serían suficientes entre 1-2kW, todo depende de su nivel de electrificación, es decir, de los kW que tenga contratados (horno, cocina eléctrica, calefacción eléctrica, termo eléctrico, aire acondicionado…).
Cada vivienda puede pagar la instalación proporcionalmente a los kW de los que vaya a hacer uso, es decir, a los que tenga derecho de acceso según los acuerdos a los que se llegue.
Se pueden instalar sobre tejados o azoteas. Los requerimientos estructurales son pequeños, los paneles de 2×1 pesan 25 kg y a eso hay que sumarle el peso del lastre que supone 35 kg por panel, la estructura de instalación pesa 20 kg para 5 paneles.
La empresa instaladora emite primero un certificado donde revisa la estructura.
FUNCIONAMIENTO DE LA INSTALACIÓN:
A través de los contadores electrónicos, que actualmente miden el consumo de las viviendas se envía la información de lo consumido y se compensa con la información de lo generado por la instalación. Al punto de vertido de la instalación fotovoltaica (con su contador) la compañía distribuidora le asigna un CUPS, que es el número de identificación de cada punto de vertido/consumo, cómo un DNI, y a este se le asocian los CUPS de los contadores de las consumidoras que participan en la instalación fotovoltaica y de su cuota (Kw) asignada. Los datos se contrastan telemáticamente y la factura que nos llegará ya tendrá descontados los kW que nuestra instalación ha generado para nosotras.
O sea, que en verdad, la energía que se genera con la instalación, no entra directamente a nuestras casas, sino que se vierte directamente a la red. Luego se compensará en nuestra factura la parte proporcional de lo producido que nos corresponda.
RENTABILIDAD:
Son instalaciones rentables, pero no para vender electricidad sino para pagar menos por la consumida. Por eso lo que instalamos, y nuestro consumo deben ser similares (kW). El nivel de ahorro es del 50-70% del consumo (no de la potencia instalada).
Actualmente el precio que pagamos por kW consumido con impuestos incluidos está en torno a 19 cents. y por ejemplo la compañía comercializadora La Corriente está pagando por los kW que generamos entre 4,5 y 6 cents. impuestos incluidos. Esta es una compañía que pertenece al mercado libre. Las compañías que pertenecen al mercado regulado pagan según lo que indica la ley.
COSTE DE LA INSTALACIÓN:
Una instalación de 10 kW, incluyendo memoria, alta de la instalación, trámites administrativos, montaje y puesta en marcha ronda los 12.000 – 15.000 € + IVA.
En este precio está incluido el mantenimiento durante el primer año. En cualquier caso es un tipo de instalación para la que no tiene sentido contratar un mantenimiento, puesto que si un día falla es como si un día falla algo en nuestra instalación eléctrica de casa, puede ser por una avería o fallo pero no es normal que necesite atención permanente. Sus rendimientos iniciales se garantizan por unos 25-30 años.
Una instalación individual de unos 2 kW ronda los 4.000€ por eso es más rentable hacer una instalación colectiva.
ACUERDOS CON LA COMUNIDAD:
Para poder realizar la instalación no es necesario que todos los vecinos de la comunidad estén de acuerdo o quieran participar de ella. Sólo se necesita que lo estén 1/3 de las vecinas. En cualquier caso siempre es interesante que los gastos comunes del edificio en electricidad, es decir, que la comunidad, como una vecina más, se beneficie de la instalación; ésto le supone a cada vecina sólo una pequeña parte, pero para empezar se beneficiará de pagar menos por esos gastos comunes.
PERMISOS:
Algunos ayuntamientos piden un certificado de la estructura, pero otros no, debido a lo baja que es la solicitación. Cualquier azotea transitable ya la cumple por ley, quizás en algunos edificios construidos, antes de la normativa del 78, sea interesante valorarlo.
También pueden instalarse en azoteas vecinas, las condiciones son que ambas instalaciones (la de nuestro edificio y la del edificio vecino) están a una distancia inferior a 500 m. y que ambas están conectadas al mismo transformador de calle.
Algunos Ayuntamientos promueven que los vecinos se enimen a instalar paneles, como en Madrid, que te hacen el 30% de descuento en el IBI.
Hay también subvenciones para instalar paneles, pero es para más potencia y con unas condiciones de partidas más restrictivas (redacción de proyecto, PEM mínimo >30.000€,…).